--- Defensa de la figura profesional del ambientólogo en la Certificación Energética de Edificios

 

La publicación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, dio lugar a una situación de discriminación en la que los ambientólogos y ambientólogas no se nos permite realizar la firma de certificados de eficiencia energética, a falta de que mediante Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, así como los medios de acreditación. 

La citada orden aún no ha sido publicada, por lo que desde la Coordinadora Estatal se han desarrollado diferentes actuaciones con el fin de reclamar el reconocimiento de nuestra titulación como habilitante para la firma de certificados de eficiencia energética:

  • Año 2013

Gracias a los contactos realizados con la Asociacion española para la calidad en la edificacion (ASECE) y según a sus propias fuentes de información, se nos indicó que ya se estaba elaborando el borrador de las titulaciones académicas por las que se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, para así dar forma a lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto 235/2013.

Las titulaciones académicas candidatas a ocupar la figura de "otros técnicos habilitados" eran varias, destacando la inclusión (en presunción a las competencias curriculares establecidas por el Ministerio de Educación) de los profesionales de la titulación en Ciencias Ambientales.

  • Año 2014 

Desde la CECCAA se realizan reiterados contactos con el IDAE y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio con el fin de solicitar aclaraciones sobre la demora en la publicación de la Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, así como los medios de acreditación. 

Sin haber obtenido respuesta satisfactoria, se planteó una queja ante el Defensor del Pueblo, que respondió a la misma respaldando el reconocimiento del ambientólogo en la certificación energética:

"Se considera ante todo que la Secretaría de Estado no justifica por qué no ha dado respuesta a la CECCAA, que solicitó varias veces al Ministerio la promulgación cuanto antes de la Orden conjunta, y que tuviera en cuenta la titulación de los ambientólogos. Si la elaboración de la Orden está en curso y el proyecto será sometido a los sectores afectados, entonces entre estos se encuentran quienes aducen ser profesionales titulados aptos para la certificación energética, y además lo aducen por escrito. El trámite de audiencia a "todos" los sectores, entidades u organizaciones afectadas ha de comprender por tanto, y en este caso concreto, a la CECCAA.

Sin prejuzgar un examen en detalle, que no corresponde hacer al Defensor del Pueblo, sino necesariamente a la Administración y a los afectados y precisamente durante la tramitación de la Orden, sí cabe señalar que la certificación de la eficiencia energética de los edificios no parece exigir la realización de proyectos ni la dirección, ni ejecución de obras de edificación, tampoco la realización de proyectos de instalaciones térmicas. Proyectos, obras e instalaciones parecen la consecuencia de una certificación de eficiencia energética, no un requisito o ingrediente de la certificación misma. "

  •  Año 2015 

Después de más de dos años de reclamaciones, la Coordinadora Estatal de Ciencias Ambientales (CECCAA) solicitó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia el inicio de una investigación sobre conductas prohibidas en la Certificación Energética de Edificios.

La medida fue necesaria después de observar que en todo ese tiempo no se había publicado la orden que según el Real Decreto 235/2013 deberá determinar las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, así como los medios de acreditación.

Este hecho puede considerarse como indicio de un acuerdo prohibido y/o de abuso de posición dominante, en el que la actuación del Ministerio de Fomento, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y de la Comisión asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios, está beneficiando a los profesionales de determinadas titulaciones, limitando la competencia en el sector y causando un serio agravio en materia de acceso a los mercados a miles de profesionales ambientólogos que disponen de la formación adecuada para poder firmar Certificados de Eficiencia Energética.

  • Año 2016

En el mes de julio de 2016 la Coordinadora Estatal de Ciencias Ambientales remitió al Ministerio de Industria, Energía y Turismo un documento con aportaciones al Proyecto de real decreto por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

En el documento se solicitaba la modificación de la "Disposición adicional cuarta. Otros técnicos habilitados” del Real Decreto 235/2013, con la siguiente propuesta de redacción alternativa:

Mediante Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, que será emitida antes de 31 de diciembre de 2016, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, así como los medios de acreditación. A estos efectos, se tendrá en cuenta la titulación, la formación, la experiencia y la complejidad del proceso de certificación, estando incluidos en dicha orden como técnicos habilitados:

    • Licenciados y graduados en Ciencias Físicas. 
    • Licenciados y graduados en Ciencias Químicas. 
    • Licenciados y graduados en Ciencias Ambientales
    • Licenciados y graduados en Ciencias Geológicas. 
    • Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar. 
    • Térmica Técnico Superior en Proyectos de Edificación.

Desde el año 2017 y hasta la fecha, desde la Coordinadora Estatal de Ciencias Ambientales continuamos trabajando en el reconocimiento de la figura del Ambientólogo como técnico habilitado para la firma de los certificados de eficiencia energética de edificios, sin haber obtenido aún una respuesta positiva por parte de la administración del Estado sobre la publicación de la mencionada en 2013 Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento.