---- El ambientólogo y la creación de Centros de Preparación para Reutilización de RAEEs
La creación de un Centro de Preparación para Reutilización de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (CPR de RAEEs) puede ser una interesante opción para ejercer nuestra actividad profesional como ambientólogos. A continuación os dejamos algunas indicaciones sobre como hacerlo.
- A nivel de autorizaciones:
1º Se considera una instalación de tratamiento de residuos.Y en función del tipo, tendrán la consideración de peligrosos lo que puede conllevar fianzas y seguros a establecer por la comunidad autónoma.
2º Por lo anterior, "teóricamente" los ayuntamientos no podrán aplicarle regímenes "ágiles" para empezar la actividad (declaraciones responsables, comunicaciones previas, etc.).
3º Intenta ubicarte en polígono industrial y realizar toda la actividad en interior de nave.
- Lo que voy a preparar para reutilizar
Solo podrás preparar aparatos eléctricos con una etiqueta energética B o superior en el caso de frigoríficos, congeladores, lavadoras y lavavajillas y etiqueta C o superior en aparatos de aire acondicionado y secadoras.
En el caso de las televisiones: las pantallas de tubos de rayos catódicos sólo podrán ser preparadas para su reutilización hasta el 1 de enero de 2016. Y te avisan "No es recomendable la preparación para la reutilización de pantallas de tubos de rayos catódicos que implique su apertura, debido a la presencia de revestimientos fluorescentes de fósforo".
- Qué supone crear un CPR de RAE
Un centro de preparación para la reutilización (CPR) realizará tareas de:
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- verificación
- segregación
- reparación
- limpieza
Además contará con una red comercial al público que informe que se trata de aparatos recuperados a partir de RAEE, con un servicio postventa de garantía y reparación de los aparatos que vende, y será el responsable de la recogida de los RAEE así como de asegurar su trazabilidad.
Los requisitos de funcionamiento y equipamiento que necesitas como mínimo para montarlo se detallan en el Anexo IX del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y de forma general son:
A. Criterios para clasificar los RAEE para la preparación para la reutilización.
En este apartado es donde dicen que no podrás reutilizar lavadoras de etiqueta energética C, por ejemplo. Y te indican en qué has de fijarte en la primera inspección visual.
El IDAE tenía en su web unas bases de datos sobre la clasificación energética de electrodomésticos, pero a fecha de este artículo no parece estar disponible. Toca bucear por internet o pedir al productor la información (que te dirá que lo mires en su web, así que terminas buscando en internet igual)
B. Requisitos de un centro o instalación de preparación para la reutilización.
Te explica las condiciones mínimas que ha de cumplir la instalación de agua y eléctrica de la actividad. Y, teniendo en consideración la prevención de riesgos laborales, te prioriza el disponer herramientas eléctricas y te señala los EPIs mínimos a disponer.
C. Procedimientos de preparación para la reutilización.
Aquí menciona la necesidad de disponer de un "responsable técnico" cuya formación o requisitos mínimos no están determinados en la legislación. Se presupone que debe tener experiencia y/o formación en la supervisión y valoración de los datos de las diferentes fases que conlleva la preparación para reutilización:
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- Test de seguridad eléctrica.
- Test de funcionamiento.
- Eliminación de datos personales.
- Extracción/actualización de software.
- Reparación (preferentemente piezas originales).
- Limpieza (con protocolo propio y con productos respetuosos con el medio ambiente).
- Preparación para la venta y etiquetado (sistema código de barras).
D. Información del proceso.
Se obliga a disponer de un software para la trazabilidad y que dicho programa estará conectado a la plataforma online de la Administración. Esta plataforma la pagará al 55% el Ministerio y el resto los productores de aparatos eléctricos y electrónicos.
Tendrás que remitir a tu comunidad autónoma una memoria anual en formato electrónico, cuyo contenido es el señalado en el anexo XII.
La idea es que el software que te obligan a tener genere de forma automática esa memoria y las tablas y que puedas exportarlo a XML para su envío electrónico. Intenta hacer el software lo más sencillo posible.... que luego ha de ser compatible con la plataforma de la Administración.
E. Requisitos de la posventa.
En este punto, te señalan que te es de aplicación la normativa de Defensa de los Consumidores. Esto es: garantía, tiempo, condiciones, devoluciones del importe durante 6 meses, etc. Te recomendamos que te hagas "partner" de alguna o varias asociaciones de consumidores en este apartado.
Finalmente a modo orientativo, te recomendamos que implantes un sistema de gestión de la calidad y de gestión ambiental en el CPR, te generará las herramientas de control para cumplir con todos estos requisitos, más aquellos que la comunidad autónoma y el Ayuntamiento imponga.
Si después de leer este artículo aún te quedan dudas sobre esta opción de desarrollo profesional, te invitamos a contactar con nosotros.